Mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1754 de la
Comisión de la Unión Europea del 6 de Octubre de 2015, se ha modificado el
anexo I del Reglamento (CEE) No 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura
arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, la misma que entrará en
vigor desde el 1 de enero de 2016.
La Comisión de la Unión
Europea considera lo siguiente:
(1) El Reglamento (CEE) No 2658/87 estableció una nomenclatura
de mercancías, en lo sucesivo denominada «la nomenclatura combinada», para
satisfacer, al mismo tiempo, los requisitos del arancel aduanero común, las
estadísticas de comercio exterior de la Unión y las demás políticas de la Unión
relativas a la importación o exportación de mercancías.
(2) En aras de la simplificación legislativa, conviene
modernizar la nomenclatura combinada y adaptar su estructura.
(3) Es necesario actualizar la nomenclatura combinada
para tener en cuenta, por ejemplo, la evolución de los requisitos en materia
estadística y de política comercial, los cambios realizados a fin de cumplir
los compromisos internacionales, la evolución tecnológica y comercial, así como
la necesidad de alinear o clarificar los textos.
(4) Con arreglo al artículo 12 del Reglamento (CEE) no
2658/87, el anexo I de dicho Reglamento debe sustituirse, con efectos a partir del 1 de enero de 2016, por la
versión completa de la nomenclatura combinada y de los tipos autónomos y
convencionales de los derechos, tal como resulte de las medidas adoptadas por
el Consejo o por la Comisión.
Nota informativa: Reglamento de Ejecución
(UE) 2015/1754 de la Comisión de la Unión Europea del 6 de Octubre de 2015,
publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 285 del 30 de octubre de
2015. Ver Reglamento...
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