Con motivo de la realización de las PRIMERAS JORNADAS INTERNACIONALES
DE COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS 2015, “HERRAMIENTAS ADUANERAS PARA LA
FACILITACIÓN DEL COMERCIO”, que se realizará en la Ciudad de La Paz – Bolivia,
los días 26 y 27 de noviembre de 2015, la CNDA publicará documentos sobre los
diversos temas que se tratarán en dichas Jornadas.
En esta ocasión, se publica la Normativa de Colombia sobre Precios de Transferencia. En la
normativa colombiana, la regulación en materia de precios de transferencia se
desarrolla en el Estatuto Tributario y en el Decreto 3030 de 2013, de la
siguiente forma:
- Definición de los criterios de vinculación económica. (Artículo 260-1, Estatuto Tributario y
Artículo 1 del Decreto 3030 de 2013)
- Establecimiento de los sujetos pasivos y del principio
del operador independiente o de plena competencia. (Incisos 1 y 2 Artículo 260-2, Estatuto Tributario)
- Señalamiento de los métodos para determinar el precio
de transferencia o margen de utilidad en las operaciones con vinculados. Los
métodos, que se describen en detalle más adelante, son: 1) Precio comparable no
controlado, 2) Precio de reventa, 3) Costo adicionado, 4) Márgenes
transaccionales de utilidad de operación y 5) Partición de utilidades (Artículo 260-3, Estatuto Tributario)
- Establecimiento de los criterios de comparabilidad para
demostrar que los precios utilizados entre vinculados se ajustan al régimen
legal de precios de transferencia. Estos criterios se refieren a las
características de las operaciones; las funciones o actividades económicas
significativas, incluyendo los activos utilizados y los riesgos asumidos en las
operaciones; los términos contractuales reales de las partes; las
circunstancias económicas o de mercado
y las estrategias de negocios.
Se debe tener en cuenta además, que en caso de existir
comparables internos, éstos deben ser utilizados prioritariamente para el
análisis de los precios de transferencia (Artículo
260-4, Estatuto Tributario)
- Establecimiento de la obligación de preparar y
conservar la documentación comprobatoria que sustente la aplicación del régimen
de precios de transferencia y que se debe mantener a disposición de la DIAN por
parte de los sometidos al régimen (Artículo
260-5, Estatuto Tributario y Artículo 4 del Decreto 3030 de 2013)
- Cuando de conformidad con lo establecido en un tratado
internacional en materia tributaria celebrado por Colombia, las autoridades
competentes del país con el que se hubiese celebrado el tratado, realicen un
ajuste a los precios o montos de contraprestación de un contribuyente residente
en ese país y siempre que dicho ajuste sea aceptado por la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales, la parte relacionada residente en Colombia
podrá presentar una declaración de corrección sin sanción en la que se refleje
el ajuste correspondiente. (Artículo
260-6, Estatuto Tributario)
- Definición de los criterios de orden legal que debe
tener en cuenta el Gobierno Nacional para la determinación de los paraísos
fiscales (Artículo 260-7, Estatuto
Tributario)
- Establecimiento de la obligación de presentar
declaración informativa (Artículo 260-9,
Estatuto Tributario y Artículos 10, 11, 12 y 13 del Decreto 3030 de 2013)
- Incidencia tributaria de los precios de transferencia (Artículo 201-1; Artículo 20-2; Incisos 4,
5, 6 y Parágrafo Artículo 260-2; parágrafos 2 y 3 del Artículo 260-7; Artículo
260-8; Artículo 319-2; Artículo 319-5)
- Definición de los fundamentos de los Acuerdos
Anticipados de Precios de Transferencia (APA) (Artículo 260-10, Estatuto Tributario, Artículos 14 al 22 del Decreto
3030 de 2013)
- Las sanciones relativas a la documentación
comprobatoria y a la declaración informativa de precios de transferencia (Artículo 260-11, Estatuto Tributario y
Artículos 23, 24 y 25 del Decreto 3030 de 2013).
Igualmente y asociado a esta Normativa de Colombia sobre
Precios de Transferencia, se publica el Extracto del Análisis realizado sobre
la Normativa de Colombia en la Consultoría de Juan Martín Jovanovich sobre el
“Fortalecimiento de Capacidades sobre Precios de Transferencia en Materia de
Valoración Aduanera”. Cabe mencionar que el Dr. Juan Martín Jovanovich – de
Nacionalidad Argentina, es el Expositor sobre el Tema: Precios de Transferencia
en materia de Valoración Aduanera, en las 1ras Jornadas Internacionales de Comercio Exterior y Aduanas “Herramientas
Aduaneras para la Facilitación del Comercio”, que se realizará en la ciudad de
La Paz – Bolivia, los días 26 y 27 de noviembre de 2015.
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